martes, 28 de junio de 2011

Propuestas para reforma de artículos de Asistencia Social y Ley de Atención a Víctimas del Delito

BOL.280611.IMES NO.35

-Armonización legislativa en materia de igualdad en oportunidades a favor de las mujeres
Las Diputadas Beatriz Eugenia Benavente Rodríguez, Raquel Hurtado Barrera y Griselda Álvarez Oliveros, integrantes de la LIX Legislatura del H. Congreso del Estado y Profa. Teresa de Jesús Mendoza Rivera; Directora del Instituto de las Mujeres del Estado de San Luis Potosí, con fundamento en lo dispuesto por los numerales 61 y 62 de la Constitución Política del Estado, 130,131 y subsecuentes de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de San Luis Potosí, 61,62, 63 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del H. Congreso del Estado, propusieron elevar a la consideración del Honorable Pleno, la iniciativa que reforma diversos artículos de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí; la Ley de Asistencia Social para el Estado y Municipios; y la Ley de Atención a las Víctimas del Delito del Estado, bajo la siguiente exposición de motivos :“La igualdad entre las personas es uno de los pilares fundamentales en la construcción de las sociedades modernas. Pese a estar plenamente reconocidas en una gran cantidad de instrumentos jurídicos internacionales y nacionales, dista mucho de ser una realidad.

La Titular del Instituto de las Mujeres del Estado, Profa. Teresa de Jesús Mendoza Rivera, explicó que las diferencias persisten, siendo aquellas entre mujeres y hombres las más evidentes y graves, en tanto que violan los principios de la igualdad de derechos y del respeto de la dignidad humana, dificultando la participación de la mujer en la vida política, social, económica y cultural de su país.
Además de que contamos con la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, del 2 de agosto de 2007 y que requiere para su efectivo cumplimento, de la armonización de las legislaciones locales. Mencionó que así podemos decir que la armonización legislativa en materia de igualdad de género, es hacer compatibles las disposiciones estatales con los tratados en materia de Derechos Humanos de los que México forma parte, con el fin de evitar efectos negativos; lagunas legislativas; falta de certeza en la observancia y aplicación de la norma, debilitamiento de la fuerza de los derechos; dificultades para su aplicación y exigibilidad.
La Titular del IMES citó que en el articulo 7o.de la Constitución Política en el Estado de San Luis Potosí, estipula que quedan prohibidas todas las formas de discriminación, que incluye toda distinción, exclusión o restricción que, basada en el origen étnico, nacionalidad, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra, que tenga por objeto impedir o anular el reconocimiento, el ejercicio de los derechos, libertades y la igualdad real de oportunidades de las personas. Quedan prohibidas todas las formas de esclavitud, incluyendo la prostitución forzada, la pornografía infantil y la trata de personas.
En base a lo mencionado el Estado garantizará a las mujeres indígenas los mismos derechos que a los hombres indígenas en materia de propiedad de la tierra, seguridad en la tenencia de la tierra, el derecho a una vivienda y el derecho a la herencia. En esta medida, no se podrá privar a ninguna mujer indígena de sus propiedades y derechos hereditarios alegando usos y costumbres de un determinado pueblo indígena
Por otra parte, entre las propuestas en el Pleno se elaboró documento para que todas las personas tengan el derecho de recibir educación sin que medie discriminación alguna. La educación promoverá la transversalización de la perspectiva de género en todas las asignaciones para fomentar el reconocimiento y respeto a los derechos humanos de mujeres y hombres; los principios de igualdad, no discriminación, el respeto a la dignidad y libertad de las personas, así como la solución pacífica de controversias y la convivencia armónica, no violenta.
Ante esto, se señala que el Consejo Estatal de Asistencia Social se integrará por: La Gobernadora o Gobernador Constitucional del Estado, quien lo presidirá; La o el Secretario de Desarrollo Social y Regional; La o el Secretario de Planeación del Desarrollo; La o el Secretario de Finanzas; La o el Secretario de Educación; La o el Director General de los Servicios de Salud; La o el Director General del DIF Estatal; La o el Procurador General de Justicia, y La o el Director de Protección Civil en el Estado.
Comunicación Social IMES

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